¿Cuál es el precio de registrar una casa en España?

¿Cuánto cuesta registrar una propiedad en España?

Al contrario de lo que pueda pensarse, registrar una propiedad en España no es obligatorio. Se trata de un trámite voluntario para cualquier heredero o comprador de una vivienda de obra nueva o terreno. Pero, ¿es aconsejable? Si, aunque en ningún caso tendrá consecuencias legales ni burocráticas no hacerlo.

El Registro de la Propiedad es la institución pública que se encarga de inscribir los inmuebles nacionales junto a la titularidad del mismo. Además, de todas las características de la misma, desde hipoteca, gastos, embargos, herencias o transmisiones patrimoniales. Para constar en él y, por tanto, registrar la vivienda, es necesario:

  • Copia autorizada de las escrituras públicas.
  • En el caso de una herencia, el justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como de la plusvalía.
  • Comprobante del abono de las tasas registrales, que varían en función del valor de la casa.

Pasos para registrar una propiedad en España

La facilidad y agilidad de este trámite permite que cualquier propietario pueda hacerlo sin la necesidad de acudir a un profesional. Aunque lo cierto es que, es muy común que el notario o gestor que se encargue de redactar y administrar las escrituras realice también la inscripción.

El primer paso es reunir todos y cada uno de los documentos imprescindibles, para inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad. Estos son:

  • Copia autorizada de las escrituras públicas.
  • En el caso de una herencia, el justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como de la plusvalía.
  • Comprobante del abono de las tasas registrales, que varían en función del valor de la casa.
  • Acreditación de la transmisión patrimonial.
  • Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

Al igual que otros trámites, hoy en día, ya no es necesario acudir a la Oficina Registral más cercana de la localidad, donde se ubique el inmueble. Si no que, también puede hacerse a través de la sede electrónica correspondiente, mediante las diferentes vías de acceso, tales como PIN o DNI electrónico.

¿Qué plazo hay para registrar una vivienda?

Al tratarse de una gestión voluntaria, y tal y como indica el Ministerio de Justicia de España “el acceso de los hechos inscribibles al Registro de la Propiedad es voluntario, salvo en el caso de la hipoteca, que ha de inscribirse en todo caso pues no existe sin la inscripción”. Es decir, todos los dueños de una propiedad que no la hayan adquirido mediante un crédito hipotecario tendrán la libertad de inscribir o no dicho inmueble en cualquier momento. 1 mes tras la compra, dos años o diez.

En cambio, este trámite sí es de obligatorio cumplimiento para todos aquellos que vayan a solicitar una hipoteca para su casa de obra nueva o segunda mano. La finalidad es otorgar la máxima seguridad jurídica a todo el proceso de compraventa, sobre todo, para comprobar que esa propiedad está libre de cargas o que es posible el traspaso patrimonial.

¿Registrar una vivienda caduca?

A partir de la presentación de la documentación pertinente, el Registro de la Propiedad tendrá 15 días para gestionarla. Si, tras la revisión todo estuviera en regla, la vivienda quedará oficialmente inscrita. O, por el contrario, dicha entidad pública puede ponerse en contacto con el propietario para subsanar posibles errores.

La inscripción sólo deberá hacerse una vez. Y, por ende, la casa quedará registrada hasta que haya un cambio de titular o se realice una venta de la misma. No hay que abonar nuevas tasas ni renovar la documentación ya entregada.

Precios o tarifas de registro de propiedad

La inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad es uno de los pocos gravámenes que se rigen de forma estatal. Es decir, ni las comunidades autónomas ni los entes locales son los encargados de indicar la tasa y, por lo tanto, no hay distinción alguna según el territorio.

El Real Decreto 1427/1989, del Arancel de los Registradores, ha fijado unos parámetros para determinar la cuantía a abonar por los propietarios, que dependerá del valor otorgado por las escrituras oficiales del inmueble.

Antes de acudir al Registro de la Propiedad, cualquier usuario puede determinar el precio de registrar una propiedad gracias a la tabla oficial:

  • Sí el valor del inmueble es igual o menor a 6.010,12 € la tarifa es de 24,04 €.
  • Para propiedades de entre 6.010,13 y 30.050, 61€ se abonará 1,75 € adicionales (a los 24,04 €) por cada 1.000 € de más.
  • Los hogares de entre 30.050,62 y 60.101,21€, el pago será de 1,25 € por cada 1.000 € adicionales.
  • Entre 60.101,22 y 150.253,03 €, se aumentará 0,75 € cada 1.000 €.
  • Las casas con un valor en escrituras de entre 150.253,04 y 601.012,10 €, el coste por 1.000 € adicionales será de 0,30 €.
  • Todas las propiedades que tengan un precio superior a 601.012,10 € sumarán, sin ningún techo monetario, 0,20 € por cada 1.000 €.

Por ejemplo, un comprador que haya adquirido una vivienda de obra nueva en Alicante con un precio en escrituras de 500.000 euros, la tasa a pagar para inscribirla en el Registro de la Propiedad será, en torno, a los 400 euros. Hoy en día, el precio medio abonado para este tipo de trámite en España oscila entre los 200 y los 700 euros.

Imagen de registrar una vivienda, que de no hacerlo pueden haber inconvenientes a la hora de realizar cualquier trámite Uno de los inconvenientes más importantes de que no se haya registrado un inmueble, es en el momento de las transmisiones patrimoniales

Ventajas de inscribir una propiedad en el Registro

Aunque se trate de una inscripción voluntaria, son mucho más los beneficios de contar con una vivienda registrada de forma oficial que desventajas. De hecho, la burocracia con esta documentación en regla facilita otros trámites imprescindibles en la compra de una casa de obra nueva. Algunos de los beneficios más destacados son:

  • Evita estipulaciones de terceros. El Registro de la Propiedad es el único ente público y oficial encargado de reconocer la titularidad de un inmueble, otorgando así derechos sobre el propietario. Esto evita fraudes, negocios ilícitos con la vivienda o que soliciten un crédito hipotecario en nombre del titular.
  • Se trata de un documento indispensable para solicitar un crédito.
  • La escritura sólo es válida si lleva consigo la inscripción.
  • En el caso de una herencia, este trámite se torna imprescindible para otorgar derecho frente al inmueble al heredero.
  • Para venderla, la inscripción será el documento acreditativo de la titularidad del inmueble y, por tanto, tener la potestad de venderla.

Desventajas de no inscribir una propiedad en el Registro

Los motivos por los que, si inscribir una propiedad son claros y superiores legalmente, frente a los inconvenientes que puede acarrear no hacerlo. Puede que por desconocimiento o por motivos económicos, hoy en día aún hay compradores que omiten dicho trámite. Las consecuencias legales y morales pueden ser:

  • Falta de amparo y seguridad jurídica. La función principal del Registro de la Propiedad es dejar públicamente huella registral de quien es el titular del inmueble. Por tanto, sin esa fe legislativa, terceros no pueden acceder a dicha información, ni ninguna administración pública para otros gravámenes.
  • Dificultad para la venta o transmisión del inmueble. El Registro de la Propiedad conoce al detalle todas las características del inmueble, desde cargas hipotecarias, legales o quiénes son los dueños. Una información muy necesaria en las herencias y, sobre todo, para quien esté interesado en adquirir la vivienda.
  • Imprescindible para las entidades bancarias. De hecho, si la vivienda no está inscrita, no se puede constituir una hipoteca, ni tampoco solicitar un préstamo hipotecario sobre ella.
Imagen de registrar una propiedad en España El Registro de la propiedad es uno de los pocos trámites que se realiza desde la Administración Central

¿Se puede comprar una vivienda sin registrar?

La respuesta es sí. Al tratarse de un acto voluntario, hay algunos propietarios que no realizan cierta inscripción, además de que no esté penado legalmente.

Puede que la bajada de precio de en torno a un 20-30% del precio inicial sea suculento ¿El motivo? Puede haber costes ocultos que son imposibles de comprobar frente a la administración pública. Por ello, y por los siguientes motivos, adquirir una propiedad que no está inscrita en el Registro de la Propiedad puede convertirse en un auténtico quebradero de cabeza:

  • El comprador no podrá conocer de forma fehaciente si el posible vendedor es el titular o autorizado del inmueble para realizar dicha gestión. Además de que será imposible legalmente comprobar si la vivienda tiene algún tipo de carga.
  • En el caso de que los compradores estén interesados en registrar la propiedad en el Registro el coste será el doble. Primero de registrar la propiedad en sí, ya que no se encontraba inscrita, y posteriormente, ponerla a su nombre.

Si finalmente se opta por una propiedad de estas características, será un juez el encargado de sentenciar que, efectivamente, el vendedor es el propietario del inmueble. Además de que, hasta el segundo año, aunque la vivienda se haya inscrito, no se estará protegido legalmente frente a terceros. Un proceso que se prolonga más de lo normal y con unos costes extras.

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